Plazo de solicitud hasta el 2 de marzo de 2016
Por medio del presente se hace público que la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, modificada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno del día 29 de octubre de 2015, contempla las siguientes BONIFICACIONES
Plazo de solicitud hasta el 2 de marzo de 2016
Por medio del presente se hace público que la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, modificada por acuerdo del Ayuntamiento Pleno del día 29 de octubre de 2015, contempla las siguientes BONIFICACIONES, que podrán solicitar los sujetos pasivos que reúnan los requisitos en ella indicados:
1. Edificios con actividad económica declarada de especial interés municipal:
a) Nuevos edificios de uso industrial: construidos con licencia de obras obtenida a partir del 1 de enero de 2015
b) Edificios de uso ganadero: construcciones destinadas directamente a una explotación ganadera profesional, que se encuentren legalizadas, o que estén acogidas al Proyecto de Traslado de Explotaciones Ganaderas.
2. Edificios que sean residencia habitual de familias numerosas
Para tener derecho a la aplicación de las referidas bonificaciones se tendrá que presentar SOLICITUD en el Ayuntamiento hasta el día 2 de marzo de 2016 y acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ordenanza.
En el Ayuntamiento puede obtener la información que necesite y el impreso de solicitud.