Por medio del presente se hace saber que en base a lo dispuesto en la
ORDEN de 1 de julio de 2009, por la que se regula la selección de
los adjudicatarios de viviendas protegidas a través de los Registros
Públicos Municipales de Demandantes de Viviendas Protegidas en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, este Ayuntamiento,
consciente de la necesidad de los vecinos y las vecinas de nuestro
municipio de acceder a una vivienda, aprobó la constitución del
Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora por
la que se establecen las Bases de constitución (disponible en la
página web del Ayuntamiento de Añora), y en la normativa aplicable
se establece como requisito para resultar adjudicatario de una
vivienda protegida en este municipio estar inscrito en el Registro
Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas.
Para cualquier consulta ye en caso de estar interesado en la inscripción
en dicho Registro, se deberá dirigir al Ayuntamiento de Añora (de
09.00 a 14.00 horas), donde será atendido.
Lo que se hace público para general conocimiento de los vecinos y las
vecinas de este municipio.